INSPECCIÓN, ANÁLISIS Y ENSAYO
ELECTRICIDAD
En TÜV AUSTRIA trabajamos para tener en nuestro equipo de inspección a los mejores profesionales del sector, organizando nuestros servicios y recursos para satisfacer la demanda. Como organismo de inspección independiente altamente cualificado con amplia presencia a nivel global, garantizamos la calidad y eficacia de todos nuestros servicios de inspección en cualquier rincón del mundo.
La inspección es necesaria en procesos, proyectos y productos para garantizar los máximos estándares de calidad y seguridad posibles en cada etapa. A través de nuestros servicios de inspección reglamentaria ayudamos a nuestros clientes a reducir riesgos y a cumplir con los requisitos reglamentarios necesarios en las distintas regiones y mercados existentes.
SERVICIOS
Se consideran locales de pública concurrencia, todos los locales de espectáculo y actividades recreativas, locales de reunión, de trabajo y uso sanitario. Entre estos lugares se encuentran hospitales, restaurantes, ayuntamientos, hoteles, discotecas, cines, teatros, etc.
Desde la entrada en vigor del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT), aprobado por el Real Decreto 842/2002, del 2 de agosto, que regula las instalaciones eléctricas de los locales de pública concurrencia, es obligatorio realizar inspecciones en este tipo de locales. Éstas se dividen en:
- Iniciales: antes de su puesta en servicio y con una validez de 5 años desde la fecha de la inspección.
- Periódicas: con una periodicidad de 5 años.
Las instalaciones anteriores a la fecha de entrada en vigor del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión tienen que cumplir también los plazos de inspección y validez de ésta, aunque se inspeccionarán de acuerdo al reglamento bajo el cual fueron ejecutadas.
Las instalaciones eléctricas de los edificios donde se encuentran quirófanos y salas de intervención deben tener un proyecto eléctrico elaborado y revisado para su legalización, y están obligadas a pasar las inspecciones periódicas desde la entrada en vigor del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT).
Las inspecciones que se deben realizar están divididas en:
- Iniciales: son las establecidas antes de la puesta en servicio de la instalación. Tienen una validez de 5 años desde la fecha de la inspección.
- Periódicas: para poder mantener el nivel de seguridad ya aprobado. Se deben realizar cada 5 años desde la última inspección.
De tratarse de instalaciones cuya puesta en servicio se realizó antes de la entrada en vigor del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, la inspección se regirá siguiendo la reglamentación por la cual fue aprobada, aplicando los plazos de inspección y de validez estipulados.
Desde 1881, año en que se instaló en España la primera luz eléctrica de alumbrado público, y tras la llegada del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT) en el 2003, se considera alumbrado exterior el que tiene por finalidad la iluminación de las vías de circulación o comunicación y el de espacios comprendidos entre edificaciones que, por sus características deben permanecer iluminados, de forma permanente o circunstancial, sean o no de dominio público como parques, vías públicas, carreteras, etc., a los cuales se debe realizar una serie de inspecciones para su legalización.
La inspección inicial es obligatoria cuando la potencia es superior a 5kW, y tiene una validez de 5 años desde la fecha de inspección.
Las inspecciones periódicas serán realizadas a las instalaciones de alumbrado exterior que han sido objeto una de inspección inicial, por ser su potencia superior a 5kW, y se deberán efectuar cada 5 años.
Toda aquella instalación anterior a la fecha de entrada en vigor del REBT también debe cumplir con los plazos y validez de la inspección, pero ésta se realizará de acuerdo con el reglamento bajo el cual fue aprobada
Como complemento a las inspecciones de baja tensión se realizan las inspecciones relacionadas con la eficiencia energética de instalaciones de alumbrado exterior a partir de 1kW de potencia instalada. Estas inspecciones podrán ser coincidentes con las inspecciones iniciales o periódicas definidas anteriormente.
Cuando hablamos de seguridad de baja tensión en locales húmedos, mojados, piscinas y fuentes ornamentales, nos referimos a las inspecciones eléctricas en depuradoras, vestuarios, y todas aquellas localizaciones que puedan ser alcanzadas por agua, o locales cuyas condiciones ambientales se manifiestan momentáneamente o permanentemente bajo la forma de condensación (como pueden ser manchas salinas o moho), ubicados en el techo y/o paredes (siempre y cuando no estén impregnadas de agua o aparezcan gotas).
Estas inspecciones deben ser realizadas con el fin de prevenir posibles accidentes entre el personal de mantenimiento o los usuarios de la instalación, ya sea ésta de uso público o privado.
La inspección inicial es obligatoria cuando la potencia es superior a 10 kW y tiene una validez de 5 años, a excepción de los locales mojados, cuya potencia debe ser superior a 25 kW.
Las inspecciones periódicas que han sido objeto de inspección inicial por ser su potencia superior a 5 kW en piscinas, o 25 kW en locales mojados, se realizarán cada 5 años.
Las instalaciones anteriores a la entrada en vigor del REBT (Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión) también deben cumplir con los plazos estipulados, pero se inspeccionarán siguiendo el reglamento bajo el que se aprobaron.
Locales industriales
Son considerados locales industriales aquellos espacios donde se realicen actividades dirigidas a la obtención, reparación, mantenimiento, transformación o realización de productos industriales que, sean de uso público o privado, poseen una instalación eléctrica de baja tensión.
Los locales industriales deben ser inspeccionados obligatoriamente, tal y como indica el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. Se deben revisar puntos tales como la caja general de protección, los contadores, la línea general de alimentación, la toma de tierra, las redes líneas y circuitos, transformadores, etc.
Locales con riesgo de incendio y explosión
La finalidad de nuestras intervenciones es establecer inspecciones en las instalaciones eléctricas para conseguir un nivel de seguridad adecuado para las personas y bienes en aquellos establecimientos en los que existe riesgo de explosión o incendio debido a la presencia de sustancias inflamables, tanto en inspecciones iniciales como en inspecciones en estaciones de servicio (MI-IP04).
Se consideran locales con riesgo de incendio y explosión todos aquellos emplazamientos en los que se fabriquen, procesen, traten, manipulen, utilicen o almacenen sustancias que corran el peligro de inflamarse o hacer explosión, ya sean sólidas, líquidas o gaseosas en garajes y talleres de reparación, interior de cabinas de pintura, lavanderías, etc.
Las instalaciones eléctricas de alta tensión, entendiéndose como tales las de corriente alterna trifásica con una tensión nominal superior a 1 kV, deberán ser objeto de inspecciones iniciales y periódicas.
Los centros de transformación, subestaciones y centrales eléctricas, además de todos sus componentes eléctricos, se verán obligados a realizar una inspección inicial y sus correspondientes inspecciones periódicas, reguladas por el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación según el Real Decreto vigente.
Estas inspecciones son obligatorias desde la entrada en vigor del Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación y tienen una validez de 3 años desde la fecha de la inspección.
Las líneas aéreas de alta tensión son aquellas que transportan corriente alterna trifásica a 50 Hz de frecuencia cuya tensión nominal eficaz entre fases sea igual o superior a 1 kW.
En estas instalaciones se deberá realizar una inspección inicial y, posteriormente, una inspección periódica cada 3 años.
Debido a la gran demanda de creación de líneas aéreas de alta tensión, en OCA Global poseemos un gran equipo experto en la materia y especializado en estas inspecciones, de acuerdo con la reglamentación vigente.
España es uno de los países líderes en la generación de energía eléctrica a partir de la energía solar. La generación de este tipo de energía se produce en parques de energías renovables, los cuales, de forma momentánea e incontrolada, sufren «huecos de tensión». Un hueco de tensión es un suceso que provoca una pérdida temporal de tensión que puede derivar en una caída de la red, por lo que es recomendable asegurarse de que las instalaciones están preparadas para soportarlo y no pongan en peligro el suministro eléctrico.
Debido a estos huecos de tensión, existe una regulación de seguridad industrial a nivel estatal para inspeccionar periódicamente los parques de generación. El incumplimiento de las obligaciones en relación a la certificación inicial y periódica del comportamiento frente a huecos de tensión supone la suspensión del régimen retributivo específico por la producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables.
Las inspecciones son de aplicación en los parques que cumplan con los siguientes requisitos:
- Parques fotovoltaicos con potencia superior a 2 MW.
- Parques conectados a puntos de redes de distribución o transporte en la que la suma de las potencias de los parques sea superior a 2 MW.
La periodicidad de las inspecciones es:
- Inspecciones iniciales: Puesta en servicio.
- Inspecciones periódicas: 5 años.